Escritura de capitulaciones matrimoniales y separación total de bienes

Cómo pactar o cambiar tu régimen patrimonial en Chile mediante escritura pública e inscripción en el Registro Civil.

El matrimonio o el acuerdo de unión civil no solo genera efectos afectivos y familiares en Chile, sino que desencadena de inmediato un régimen jurídico-patrimonial que regula la propiedad de los bienes adquiridos por los cónyuges antes y durante la vida en común. En Chile, el régimen legal por defecto (si no se señala lo contrario al casarse) es la Sociedad Conyugal, donde el marido administra los bienes propios y sociales.

Sin embargo, la legislación chilena otorga plena libertad a los contrayentes y esposos para acordar o cambiar su régimen patrimonial mediante el otorgamiento de una escritura pública de capitulaciones matrimoniales o de pacto de separación total de bienes. En este artículo explicaremos los requisitos para otorgar esta escritura, sus efectos legales y cómo se inscribe ante el Registro Civil.

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son las convenciones de carácter patrimonial que celebran los cónyuges antes de contraer matrimonio o en el acto de su celebración (reguladas en los artículos 1715 y siguientes del Código Civil). A través de ellas se puede:

  • Pactar el régimen de Separación Total de Bienes o de Participación en los Gananciales.
  • Estipular que la mujer dispondrá libremente de una suma de dinero o pensión periódica.
  • Hacer donaciones por causa de matrimonio entre los futuros cónyuges.
  • Individualizar bienes específicos que no ingresarán al haber social.

Sustitución del régimen durante el matrimonio (Artículo 1723 del Código Civil)

Si una pareja ya se encuentra casada bajo el régimen de Sociedad Conyugal y decide con posterioridad modificar su situación patrimonial para pasar a la Separación Total de Bienes, la ley lo permite mediante la aplicación del célebre artículo 1723 del Código Civil.

Para pactar la sustitución del régimen patrimonial durante el matrimonio se exige dar cumplimiento a las siguientes solemnidades obligatorias:

  1. Escritura Pública de sustitución de régimen: Otorgada de común acuerdo por ambos cónyuges ante Notario Público. En ella declaran formalmente que reemplazan la sociedad conyugal por el régimen de separación total de bienes.
  2. Subinscripción en el Registro Civil dentro del plazo fatal de 30 días: La escritura pública debe subinscribirse al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil dentro del plazo fatal de 30 días corridos contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura.
Vicio insubsanable: Si transcurren más de 30 días corridos sin que la escritura de sustitución haya sido subinscrita en el Registro Civil, el pacto queda nulo y sin ningún valor legal, manteniéndose la Sociedad Conyugal vigente.

Ventajas de la Separación Total de Bienes

Optar por el régimen de separación total de bienes mediante escritura pública ofrece importantes beneficios prácticos:

  • Independencia económica y jurídica: Cada cónyuge administra, compra, vende y dispone libremente de sus bienes presentes y futuros sin requerir la firma o autorización del otro cónyuge.
  • Protección del patrimonio familiar frente a riesgos comerciales: Si uno de los cónyuges es emprendedor, socio de empresas o asume deudas comerciales o bancarias, los acreedores solo podrán embargar sus bienes personales, resguardando las propiedades y ahorros a nombre del otro cónyuge.
  • Agilidad en compraventas inmobiliarias: Facilita la firma de escrituras de compraventa, créditos hipotecarios y constitución de sociedades sin trámites de autorización conyugal.

Efectos sobre la liquidación de la Sociedad Conyugal previa

Si al momento de pactar la separación de bienes existían propiedades o activos adquiridos durante la sociedad conyugal, la propia escritura pública (o una escritura complementaria) incluirá la liquidación de la sociedad conyugal, adjudicando los bienes específicos a cada cónyuge de forma equitativa. Tratándose de bienes raíces, dicha adjudicación se inscribirá en el Conservador de Bienes Raíces.

Capitulaciones matrimoniales pactadas por extranjeros en Chile

Las parejas casadas en el extranjero que fijan su domicilio en Chile pueden inscribir su matrimonio en el Registro Civil chileno y pactar la separación de bienes mediante escritura pública otorgada en Chile. Esta escritura debe subinscribirse al margen de la inscripción de matrimonio extranjera registrada en la Primera Sección de Santiago dentro del plazo legal.

Efectos respecto de terceros y acreedores futuros

El pacto de separación total de bienes otorgado por escritura pública protege el patrimonio de cada cónyuge frente a las deudas individuales que contraiga el otro en el futuro. Los acreedores posteriores a la subinscripción en el Registro Civil no podrán embargar los bienes del cónyuge que no contrajo la deuda.

Para asesorarte en el pacto de separación de bienes o en la revisión de tu régimen patrimonial, conoce nuestros servicios de escrituras y contratos y nuestra área de estudio de títulos.

Preguntas frecuentes

¿Se puede volver a la Sociedad Conyugal después de haber pactado separación de bienes?

No. El artículo 1723 del Código Civil establece expresamente que el pacto de separación de bienes o participación en los gananciales no podrá dejarse sin efecto ni cambiarse por otro régimen una vez subinscrito.

¿La separación de bienes afecta los derechos hereditarios del cónyuge?

No. El régimen patrimonial del matrimonio regula la propiedad de los bienes en vida. Al fallecer un cónyuge, el cónyuge sobreviviente conserva intactos sus derechos como heredero abintestato según las reglas del Código Civil.

¿Qué pasa con las deudas contraídas durante la Sociedad Conyugal anterior?

Las deudas sociales contraídas con anterioridad al pacto de separación deben ser salidadas en la liquidación de la sociedad conyugal. Los acreedores anteriores conservan sus acciones para perseguir los bienes que correspondían a la sociedad.

¿Cuánto tiempo demora la subinscripción en el Registro Civil?

Una vez firmada la escritura en notaría, la presentación del extracto y la subinscripción al margen de la libreta o certificado de matrimonio en el Registro Civil suele demorar entre 5 y 10 días hábiles.

¿Deseas redactar una escritura de separación de bienes o capitulaciones?
Cuéntanos tu caso y te orientamos sin costo ni compromiso.
Consulta gratis
💬