Cuando un matrimonio casado bajo el régimen de Sociedad Conyugal llega a su fin mediante una sentencia firme de divorcio dictada por los Juzgados de Familia, o cuando los cónyuges deciden de común acuerdo cambiar su régimen patrimonial a Separación Total de Bienes, la sociedad conyugal queda legalmente disuelta. Sin embargo, los bienes adquiridos durante el matrimonio (casas, departamentos, vehículos, acciones de sociedades o terrenos) continúan perteneciendo a ambos de forma indivisa bajo una comunidad de bienes.
Para dividir de forma definitiva ese patrimonio, asignar la propiedad exclusiva de los inmuebles a cada ex cónyuge y saldar las recompensas o deudas pendientes, se requiere otorgar una escritura pública de liquidación de sociedad conyugal. En este artículo explicamos cómo se tramita esta escritura en Chile, sus exigencias de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) y las cláusulas clave para evitar pleitos futuros.
Etapas del proceso: Disolución vs. Liquidación
Es importante comprender la secuencia legal aplicable:
- Disolución de la Sociedad Conyugal: Se produce por el divorcio (declarado por sentencia del Juzgado de Familia), por la declaración de nulidad del matrimonio, por la muerte de uno de los cónyuges o por el pacto de separación total de bienes del artículo 1723 del Código Civil.
- Liquidación: Es el acto mediante el cual se inventarían los bienes y deudas, se calculan las recompensas que la sociedad debe a los cónyuges (o viceversa por aportes propios), y se acuerda la adjudicación específica de los bienes en hijuelas para cada uno.
¿Qué debe contener la escritura de liquidación de sociedad conyugal?
La escritura pública redactada por un abogado especialista debe estructurarse con las siguientes cláusulas principales:
- Individualización de los ex cónyuges: Nombres completos, RUT, domicilio y mención a la sentencia de divorcio o escritura de separación de bienes subinscrita en el Registro Civil.
- Inventario y avalúo del haber social: Descripción detallada de todos los bienes inmuebles (con sus deslindes y referencias al CBR), vehículos (con patente y código del Registro de Vehículos Motorizados), ahorros y sociedades.
- Determinación de pasivos y recompensas: Detalle de los créditos hipotecarios vigentes, deudas bancarias y las recompensas por bienes propios aportados al matrimonio.
- Hijuelas de adjudicación: Asignación explícita de qué propiedad o vehículo queda en dominio exclusivo de cada ex cónyuge. Por ejemplo: "Se adjudica a doña María la casa de la comuna de Ñuñoa...".
- Compensación económica o alcance en dinero: Si una de las hijuelas tiene un valor superior a la otra, se estipula el pago de un alcance o compensación en dinero para equiparar la división al 50%.
- Renuncia de acciones: Declaración mutua de que los ex cónyuges nada se adudan por concepto de la sociedad conyugal y renuncian a acciones de resolución o partición futura.
¿Qué ocurre si los ex cónyuges no logran un acuerdo?
Si los ex esposos no se ponen de acuerdo en la valoración de las propiedades o en la forma de repartir el patrimonio, no se podrá firmar la escritura pública de común acuerdo. En este escenario, la ley exige iniciar un juicio arbitral de partición de bienes ante un Juez Árbitro designado por la justicia ordinaria. El juez árbitro tasará los bienes y los rematará en pública subasta si no hay consenso, proceso que resulta considerablemente más costoso y dilatado que una liquidación voluntaria por escritura pública.
Exención de impuestos en la liquidación
Una ventaja fundamental de la adjudicación por liquidación de sociedad conyugal es que no constituye venta ni enajenación tributaria. Por ende, la adjudicación de inmuebles entre cónyuges está exenta del pago de impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto a la renta, pagando únicamente los aranceles notariales y de inscripción registral en el CBR.
Liquidación de sociedad conyugal y patrimonio reservado de la mujer
Un aspecto relevante al redactar la escritura de liquidación es el análisis del patrimonio reservado de la mujer casada (artículo 150 del Código Civil). Si la mujer adquirió bienes inmuebles con el fruto de su trabajo separado, dichos bienes se consideran propios de su patrimonio reservado, pudiendo decidir si los renuncia para ingresar a la liquidación social o si los conserva en su dominio exclusivo.
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Preguntas frecuentes
¿Puede una propiedad adjudicada en liquidación mantener su crédito hipotecario vigente?
Sí. Sin embargo, para que el ex cónyuge que se queda con la casa asuma la deuda de forma exclusiva, se requiere gestionar un novación por cambio de deudor en el banco o alzar la responsabilidad del cónyuge saliente.
¿Qué pasa con la casa declarada Bien Familiar al disolverse el matrimonio?
El divorcio no desafecta automáticamente el Bien Familiar. La desafectación debe pactarse expresamente en la escritura de liquidación de común acuerdo o solicitarse judicialmente al Juzgado de Familia.
¿Cuánto demora la inscripción de adjudicación en el Conservador de Bienes Raíces?
Una vez presentada la copia autorizada de la escritura en el CBR, la inscripción de dominio exclusivo a nombre del cónyuge adjudicatario suele tardar entre 7 y 15 días hábiles.
¿Es obligatorio hacer la liquidación inmediatamente después del divorcio?
No hay un plazo fatal por ley. Los ex cónyuges pueden permanecer en comunidad de bienes por años, pero no se recomienda posponer la liquidación ya que complica futuras ventas y expone los bienes a embargos de acreedores individuales.
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