Mandato especial para Posesión Efectiva y tramitación de herencias

Cómo facultar a un abogado para representar a los herederos ante el Registro Civil, SII y CBR.

Al fallecer una persona en Chile (el causante), sus herederos del primer o segundo orden de sucesión se enfrentan a la necesidad de iniciar los trámites legales indispensables para obtener la Posesión Efectiva de la Herencia, declarar el inventario de bienes y pagar o eximirse del Impuesto a las Herencias ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Dado que los herederos suelen residir en distintas ciudades o países, o carecen del tiempo técnico para acudir a las instituciones públicas, es práctica habitual suscribir un mandato especial para tramitación de Posesión Efectiva y Herencia.

A través de este mandato, la comunidad hereditaria faculta a un abogado especialista para que realice la totalidad de los trámites ante el Registro Civil, Juzgados Civiles, SII y Conservador de Bienes Raíces. En este artículo explicamos qué facultades debe contemplar este poder y cuáles son los resguardos para los herederos.

1. Facultades clave en la tramitación de la herencia

El mandato para tramitar una herencia expedido por escritura pública o documento notarizado debe otorgar facultades específicas para actuar ante los distintos organismos públicos y privados:

  • Ante el Registro Civil e Identificación (Herencias Intestadas): Presentar el Formulario de Solicitud de Posesión Efectiva, firmar el inventario de bienes muebles e inmuebles, declarar valoraciones y retirar la resolución concedida.
  • Ante los Tribunales Civiles (Herencias Testamentarias): Iniciar el juicio voluntario de Posesión Efectiva de herencia otorgada por testamento ante el Juez de Letras.
  • Ante el Servicio de Impuestos Internos (SII): Tramitar la Declaración Jurada de Impuesto a las Herencias (Formulario 4423), presentar tasaciones de bienes raíces y vehículos, solicitar exenciones y retirar los certificados de pago.
  • Ante el Conservador de Bienes Raíces (CBR): Solicitar las inscripciones especiales de herencia (artículo 688 del Código Civil) a nombre de la comunidad hereditaria sobre las casas, departamentos, terrenos o derechos de agua del causante.
  • Ante Bancos e Instituciones Financieras: Solicitar la liquidación de cuentas corrientes, depósitos a plazo, fondos mutuos o vales vista que pertenecían al causante.

2. Diferencia entre Mandato de Tramitación y Mandato de Partición o Venta

Es muy importante que la comunidad hereditaria distinga entre dos clases de mandatos:

  1. Mandato de Tramitación de Posesión Efectiva: Autoriza al abogado exclusivamente para realizar los trámites administrativos y legales hasta lograr que las propiedades queden inscritas a nombre de todos los herederos en el CBR. No faculta para vender los bienes de la herencia.
  2. Mandato Especial para Vender Bienes Hereditarios: Poder concedido por todos los coherederos facultando a uno de ellos o a su abogado para firmar la escritura pública de compraventa de una casa o departamento heredado y percibir el precio de venta para su posterior repartición.
Exigencia del Registro Civil: Para ingresar la solicitud de Posesión Efectiva a través de la plataforma en línea o presencial del Registro Civil por intermedio de un apoderado, el mandato debe acompañarse firmado ante notario especificando el RUT y nombre completo del causante.

3. Resguardo de la repartición de fondos (Hijuelas de Adjudicación)

Si el mandato incluye la facultad de percibir los dineros de las cuentas bancarias o vales vista de la herencia, el instrumento debe obligar al apoderado a depositar los fondos en una cuenta especial y confeccionar la **hijuela o propuesta de partición voluntaria** fijando la cuota que corresponde a cada heredero según la ley.

Inscripciones especiales de herencia sobre bienes inmuebles

Obtenida la resolución de Posesión Efectiva y pagado o eximido el impuesto a la herencia en el SII, el mandatario solicita al Conservador de Bienes Raíces la inscripción especial de herencia sobre los inmuebles del causante a favor de todos los herederos en copropiedad.

Representación en la partición y adjudicación voluntaria de bienes

Obtenida la Posesión Efectiva, los herederos pueden otorgar un mandato especial para firmar la escritura pública de partición de herencia e hijuelas de adjudicación. De este modo, el apoderado suscribe la adjudicación voluntaria de las propiedades y derechos de agua del difunto conforme a las cuotas legales acordadas.

Representación unificada de la comunidad hereditaria

Otorgar un mandato especial unificado a favor de un abogado facilita la toma de decisiones dentro de la comunidad hereditaria. Esto agiliza las gestiones ante el Registro Civil, SII y Conservador de Bienes Raíces, evitando descoordinaciones entre los coherederos.

Para otorgar un mandato de posesión efectiva o tramitar la herencia de un familiar, conoce nuestro servicio de contratos y poderes, posesión efectiva de herencias y escrituras de compraventa.

¿Necesitas otorgar un mandato especial para tramitar una herencia o Posesión Efectiva?
Cuéntanos tu caso y te orientamos sin costo ni compromiso.
Consulta gratis
💬